E.G.-
o rosal
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Dos de
Pontevedra ha desestimado el recurso interpuesto contra la comisión
de gobierno del Concello de O Rosal por la concesión de licencia
para la construcción de una miniplanta de transferencia de
residuos sólidos que ya está funcionando en el lugar de Bustelo,
en la parroquia de Eiras (O Rosal), por encontrarla "conforme
a derecho".
Esta sentencia, de fecha 15 de octubre de este año, se
corresponde al recurso contencioso-administrativo interpuesto por
Martín González González, presidente de la comunidad de montes
y de la asociación de vecinos de Goián, y por Rafael Martínez
Calzado, concejal-portavoz del BNG en el Concello de Tomiño.
Ambos recurrieron el acuerdo de la comisión de gobierno de O
Rosal adoptado el día 11 de mayo de 2001, por el que se concedió
a la Mancomunidad de Municipios del Baixo Miño la citada licencia
de construcción para esta instalación que está en servicio.
Tratamiento
En los fundamentos de derecho que constan en la sentencia
se hacen constar "reflexiones con carácter general", señalando
el grave problema que supone para las sociedades de nuestros días
la acumulación de residuos sólidos urbanos, lo que obliga a su
posterior tratamiento, eliminación o transformación.
En este caso, se trata de una miniplanta de transferencia que
se define como "la instalación donde se efectúa la
concentración de residuos con el fin de conseguir condiciones de
idoneidad para su traslado conjunto a las plantas de
tratamiento", lo que se efectúa en transporte especial. Se
indica que "no cabe la menor duda que la instalación y
funcionamiento de la miniplanta de transferencia debe respetar las
exigencias medioambientales previstas en esta clase de construcción
en evitación de que la calidad de vida se resienta".ba texto
de pru