CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE

Año 2004 VIII Legislatura Núm. 60
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL MARÍN GONZÁLEZ
Sesión plenaria núm. 56
celebrada el martes, 21 de diciembre de 2004

MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES.

- DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO (SEÑORA FERNÁNDEZ), RELATIVA A LA POSICIÓN DEL GOBIERNO RESPECTO AL VIGENTE RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS COMUNIDADES DE MONTES VECINALES EN MANO COMÚN. (Número de expediente 173/000044.)

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Continuamos, señorías, con el punto VI del orden del día: Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto (señora Fernández) relativa a la posición del Gobierno respecto al vigente régimen tributario de las comunidades de montes vecinales en mano común.

Para la defensa de la moción tiene la palabra la señora Fernández. (El señor vicepresidente, Vilajoana Rovira, ocupa la Presidencia.)

La señora FERNÁNDEZ DÁVILA: Gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, como ya manifestamos en el debate de nuestra interpelación relativa a la posición del Gobierno respecto al vigente régimen tributario de las comunidades de montes vecinales en mano común la respuesta -ya lo decíamos- no fue satisfactoria, razón por la cual hoy presentamos esta moción.

Concluía el señor vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, después de explicar las razones que llevaron en el año 1999 a definir un modelo tributario para estas comunidades de montes que luego se recoge para estas entidades en el Texto Tefundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto legislativo de 5 de marzo de 2004 -leo textualmente- que el modelo sigue siendo útil y que en opinión del Gobierno no habría que modificar el sistema globalmente.

Las razones de nuestro desacuerdo son las mismas que las expuestas en la legislatura pasada cuando defendimos nuestra proposición de ley reguladora del régimen tributario de los montes vecinales en mano común y están fundamentadas en el conocimiento del papel social que juegan estas entidades vecinales -comunidades de montes- en la sociedad rural y en la mejora de la calidad de vida de los vecinos y vecinas. Por otro lado, nuestras propuestas no son más que el reflejo de las demandas de las personas afectadas -los comuneros- que tienen que gestionar y no de manera profesionalizada, pues sería contrario a la esencia de estas comunidades, estas entidades de manera que el beneficio obtenido redunde en la mejora de la calidad medioambiental del monte y al mismo tiempo contribuya a mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales que facilite los asentamientos de vecinos y evite la despoblación rural que tan gravemente está afectando a distintos territorios del Estado y de manera especial a nuestro país: Galicia. No estamos hablando, señorías, de eliminar las obligaciones tributarias de estas comunidades de montes vecinales, estamos hablando de sustituir el modelo tributario al que están sometidas actualmente por una norma específica que se fundamente en un análisis real de los aprovechamientos realizados en los montes vecinales en mano común, otorgándoles un tratamiento fiscal diferenciado.

En este punto hacemos dos diferenciaciones. En el caso del aprovechamiento individual, consideramos que una de las normas puede ser a través del IRPF, y en los

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aprovechamientos colectivos, un régimen especial específico, con una declaración anual sencilla que incorpore deducciones a los beneficios que se apliquen a inversiones destinadas al uso social, tanto las destinadas directamente al monte como a servicios o a equipamientos públicos de interés social. También nos parece importante la exención de tributación de una serie de subvenciones o ingresos por estar destinadas al uso público del que hablamos y, en definitiva, a la mejora y conservación de los montes vecinales. Importante es también lo que recogemos en los puntos 4, 5 y 6 de la moción, por la vinculación que la actividad de los montes comunales tienen con la agricultura. Las competencias que en esta materia entendemos que deben ser de las comunidades autónomas y que es necesario el diálogo y la cooperación con las entidades representativas de las comunidades de montes vecinales, todas las entidades -y cuando decimos todas nos referimos a la necesidad de dialogar con las entidades de montes vecinales en mano común-, perfectamente organizadas y coordinadas entre sí, y no solamente con aquellas que son más representativas de sociedades privadas, como prácticamente fue hasta ahora el diálogo que mantuvo el anterior Gobierno.

Señorías, no modificar el sistema tributario aplicado a estas comunidades de montes desde el año 1999 sería mantener -y nos atrevemos a decir incluso desde el punto de vista jurídico- un sistema contradictorio que además genera evidentes agravios comparativos. Contradictorio, porque según la Ley del Impuesto sobre Sociedades todas las sociedades sometidas a este impuesto presentan o tienen que presentar al menos una de las siguientes características: ser personas jurídicas, ser entidades o patrimonios separados que se constituyen a partir de un acuerdo de voluntad o pacto previo entre dos o más personas para la puesta en común de bienes o derechos, y ser entidades que persigan la obtención de beneficios para repartirlos entre sus socios. Pues bien, señorías, las dos primeras condiciones nunca se cumplen en este caso y la tercera solamente se da en algunas comunidades de montes vecinales en mano común, y cuando se da, concretamente en Galicia, en comunidades de montes vecinales en el medio rural, el reparto entre los vecinos de los ingresos obtenidos del monte significa que estos alcanzan unas rentas que actúan como acicate para afirmar población en ese medio rural, y para esos casos está ya la aplicación del IRPF.

Agravios comparativos. Todos los ingresos que reciben los montes vecinales en mano común son considerados como ingresos, al contrario de lo que ocurre en los montes de propiedad particular. Otro agravio comparativo son los coeficientes reductores de aplicación en la renta en los montes de propiedad particular, el 7, el 20 y el 30 por ciento según los casos, coeficientes que no tienen los montes vecinales. Como agravio comparativo se da también entre las propias comunidades de montes que reparten beneficios entre los vecinos, normalmente las del interior, ya que las comunidades tienen automáticamente que tributar el 25 por ciento del montante de los ingresos que van a repartir, de la parte entregada a los vecinos tienen que practicar otra retención del 25 por ciento y el vecino comunero o vecina y comunera tiene que declarar la renta alcanzada en el IRPF. Pensamos, señorías, que nuestra propuesta es rigurosa y que responde además a una realidad y a la demanda de aquellas personas que están afectadas.

Para rematar, señorías, y sólo a modo de recordatorio, leeré literalmente del "Diario de Sesiones" del 28 de noviembre de 2000 argumentos de portavoces de otros grupos parlamentarios para razonar en aquel momento el apoyo a la proposición de ley del BNG a la que anteriormente hacía referencia. Concretamente me referiré a unas manifestaciones del portavoz del Grupo Socialista, señor Díaz, que decía lo siguiente: La normativa actual está teniendo efectos perversos ya que no incentiva el aprovechamiento económico de estos montes. Y recordaba el mencionado portavoz que estas propiedades estaban exentas de la cuota de la Seguridad Social agraria por entender el legislador que no eran empresas, sino una forma diferente de propiedad. Y añadía: Desde el punto de vista colectivo, interesa poner en producción y valor estas propiedades, siendo posible también que existan intereses individuales en su desvalorización para, posteriormente, justificar la desaparición de esta propiedad colectiva. Afirmación esta última, señorías, que compartimos plenamente.
Por lo tanto, entendemos que los argumentos que empleamos para defender esta moción están razonados y anticipamos que, dado que el Grupo Socialista presentó una enmienda que es un avance para conseguir un acuerdo entre el Gobierno y las sociedades comunales de montes vecinales en mano común, vamos a aceptar esa enmienda añadiendo después de la frase: "El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar en el año 2005...", continuando el texto de la enmienda presentada por el Grupo Socialista.

Muchas gracias.

La señora VICEPRESIDENTA (Vilajoana Rovira): Muchas gracias, señora Fernández.

Para la defensa de la enmienda presentada a la moción, tiene la palabra el señor Torres, por el Grupo Parlamentario Socialista.

El señor TORRES BALAGUER: Señor presidente, señorías, con la mayor brevedad posible quiero hacer un comentario sobre esta moción y sobre todo quiero aclarar por qué hemos presentado una enmienda, agradeciendo al Bloque que la haya aceptado con la modificación pertinente.

Estamos hablando, como se ha señalado aquí, de unas propiedades privadas con titularidad colectiva, de todos los vecinos, de base germánica, con una serie de características que la configuran como una propiedad social.
Es un bien social, no está en el tráfico mercantil, por lo que aceptamos que tenga una serie de peculiaridades en su régimen tributario. Es verdad que ha estado en desamparo legal durante mucho tiempo y es verdad también que tiene una gran dificultad de ubicación en nuestro régimen tributario.
Por eso entendemos la preocupación de las comunidades. También entendemos que fundamentalmente

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esta preocupación deriva de que la mayoría de las comunidades, en una estimación efectuada -un 70 por ciento-, no tienen los medios para poder evaluar correctamente su situación tributaria. Por este motivo creemos que el régimen actual no es un mal régimen, que puede mejorarse notablemente, que el régimen alternativo sería una dificultad añadida y que, por lo tanto, vale la pena que durante el ejercicio 2005, que es cuando se va a producir la reforma del IRPF, haya un diálogo de estas comunidades vecinales en mano común con el Gobierno para perfilar cuáles son las características, tanto formales como de fondo, que esta tributación comportaría.

Por otra parte, la moción contiene otros elementos respecto a IVA que no proceden, en cuanto que ya es posible acogerse al régimen de agricultura, ni tampoco es posible pensar en una modificación de la Lofca para dar cabida a estos temas. Por lo tanto, entendemos que unas comunidades que cumplen unas funciones económicas, sociales y ecológicas importantes y que vertebran comunitariamente un espacio merecen tener el tratamiento fiscal que les permita no estar fuera del circuito económico, pero cumplir sus obligaciones fiscales sin ser una carga gravosa. Tampoco podemos decir que se están ubicando fuera del sistema económico porque eso tampoco sería bueno, pero al menos con este compromiso que tomamos nosotros y que toma el Gobierno podemos configurar una base de diálogo para intentar que en los próximos meses este régimen especial pueda ir matizándose y acoplándose a las necesidades de las comunidades vecinales.
Dada la hora, prescindo de un detalle mayor.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El señor VICEPRESIDENTE (Vilajoana Rovira): En turno de fijación de posiciones, de menor a mayor, tiene la palabra, por Esquerra Republicana, el señor Andreu.

El señor ANDREU DOMINGO: Gracias, señor presidente.

Sobre este tema, tan importante en algunas comunidades autónomas y especialmente en Cataluña, que rige desde hace casi un milenio los usos y costumbres en el Pirineo catalán, en el Pirineo aragonés y en el Pirineo navarro, comprenderá que... (Pronuncia palabras en catalán.)

Nuestra democracia, que a veces presumimos los catalanes de que las constituciones de Cataluña y de la Corona de Aragón, que son ya casi milenarias, salen de los usos y costumbres de sus... , esta forma del bosque común, que en el Principado de Andorra se ha garantizado absolutamente y no tiene expresión de protección en nuestro país, es una forma de democracia radical, y a los republicanos nos gustaría esta democracia de un hombre, un voto. La ley anterior, que hoy, con esta proposición, se intenta derogar, era ir hacia la extinción de todo lo que es el bosque del común. Por muchos motivos, porque esta fórmula democrática de bosque común ha demostrado servir al desarrollo de la montaña, a la prevención de la montaña, a la vida de la montaña, este espacio tan frágil en nuestros días, tenemos que hacer un esfuerzo para conservarlo. Estamos absolutamente de acuerdo con la proposición que ha presentado el BNG y estaríamos de acuerdo, si hay una fórmula de transacción, en encontrar la manera de que, mediante nuevos usos tributarios, no se acabe con esta fórmula absoluta y radicalmente democrática de uso de la montaña que ha demostrado estar a la altura de estos momentos en que sobre todo hay que preservar su valor ecológico.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE (Vilajoana Rovira): Muchas gracias, señor diputado.

Señor Oreiro, cuando usted quiera.

El señor OREIRO RODRÍGUEZ: Señor presidente, yo tenía preparado un bonito discurso, porque es mi primera intervención en este foro, lo cual considero un privilegio, pero, dada la hora y la expectación, voy a prescindir de él y voy a decir solamente dos cosas respecto a los montes en mano común.

Cuando hablamos de comunidades de montes en mano común no estamos hablando de algo homogéneo, estamos hablando de un elemento que es común pero de gestión diferenciada. La ponente de esta moción en su interpelación ya hablaba de las comunidades de montes en mano común que tienen que tributar automáticamente el 25 por ciento del montante de los ingresos que van a repartir, y alude a este reparto como un medio para fijar la población en el medio rural y mejorar la calidad de vida de las personas del mundo rural. (La señora vicepresidenta, Chacón i Piqueras, ocupa la Presidencia.) Evidentemente, no todas las comunidades de montes reparten beneficios o reparten sus ingresos, y estando de acuerdo nuestro grupo con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los vecinos y de fijar la población rural, no podemos coincidir en el modelo. Digo esto porque yo, que formo parte como comunero, evidentemente no trabajador porque mis características me condicionan bastante, conozco varias comunidades de montes en las que su aplicación fundamental de los ingresos es la reinversión en el propio monte, consiguiendo con esto que mejoren las infraestructuras del monte a través de pistas, estanques, vallados, que se incrementen las repoblaciones forestales, que se efectúe limpieza y poda de estos montes, que haya un aprovechamiento pecuario, consiguiendo de esta manera puestos de trabajo que son los que, a nuestro parecer, fijan población, que haya un incremento de la rentabilidad y potenciar valores intangibles como son los ecológicos, medioambientales, paisajísticos, climáticos y hasta los valores de uso social. Estos valores mejoran la calidad de vida, evidentemente, y en cuanto que atraen turismo, producen una rentabilidad. Todas las inversiones realizadas en el monte son deducidas de la base imponible de la tributación de las comunidades de montes. Por lo tanto, en la práctica quedan exentos de tributación. En ese sentido, nos parece que el señor ministro, en la contestación a la interpelación urgente, estaba acertado cuando decía: Pensamos

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que el sistema actual resuelve gran parte de los problemas, es correcto, aunque todo es mejorable siempre. Si en función de esa mejora han aceptado los ponentes una enmienda del Grupo Socialista, que mi grupo no conoce porque no hemos tenido acceso a ella, y si la enmienda va en el sentido de mejorar, no tendríamos ningún inconveniente en votar favorablemente.

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Muchísimas gracias, señor Oreiro, por esta su primera intervención en este Parlamento, y también siento la hora y por tanto la ausencia de tantos diputados.

Señora Fernández, para aclararnos a todos cómo queda la cuestión de enmiendas que también pedía el señor Oreiro, tiene usted la palabra.

La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señora presidenta.

Quedaría la enmienda propuesta por el Grupo Socialista, que en su inicio dice: El Congreso de los Diputados...

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Entiendo que es una transaccional del Grupo Socialista a la moción originaria que el Grupo Mixto presentó.

La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Efectivamente, perdone.

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Me encargaré de que, por supuesto, todos los portavoces conozcan la enmienda presentada, que será finalmente la que votemos.

Muchas gracias, señora Fernández.

MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN.)

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Pasamos a votar las dos mociones.

En primer lugar, la moción del Grupo Parlamentario Mixto, que ha defendido la señora Fernández, relativa a la posición del Gobierno respecto al vigente régimen tributario de las comunidades de montes vecinales en mano común. Sometemos a votación la enmienda transaccional que todos los portavoces tienen en su poder.

Comienza la votación. (Pausa.)

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 279; a favor, 278; abstenciones, una.

La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Queda aprobada dicha moción.