Viernes 02.09.2005

BUFETE DE PAPEL

Incendios forestales
José Antonio Montero Villar   
Cuestión: la preocupación social por la ecología y el medio ambiente se traducen, desde el punto de vista jurídico, en la necesidad de adecuar nuestras leyes para que se proteja la naturaleza y se regulen las infracciones y se sancionen las conductas antijurídicas.
Es común el aforismo el que contamina paga, pero para ello es preciso que la sanción se establezca en una ley. Las sanciones pueden ser civiles (reparar el daño causado), administrativas (multas, prohibición de subvenciones) o penales (multas o penas de prisión). La intransigencia social con las infracciones ecológicas y la proliferación de incendios durante los veranos ha impulsado la búsqueda de culpables para imponerles una sanción.
Soluciones: de este modo se crea la figura del fiscal especializado en medio ambiente, se manifiesta por el fiscal general la voluntad de actuar con “… la máxima dureza y el máximo rigor y se pedirá la prisión provisional…”. A su vez el Ministerio de Justicia prepara la creación de los juzgados de Medio Ambiente, como órganos especializados en la protección de la naturaleza.
Crítica: los incendios forestales como delito están sometidos a jurado, lo que supone un procedimiento más complicado. Por otra parte, no se han creado fiscales especializados en incendios, sino que se ha redistribuido el trabajo sin nueva dotación presupuestaria y de personal, es decir, a fiscales que ya ejercían en cada ámbito territorial se les ha encomendado esa actuación específica. Al igual que pasó con los juzgados de violencia de género, que en realidad no se creó ninguno en Galicia, sino que se redistribuyeron competencias entre los ya existentes, sin una modificación de la Ley del Poder Judicial lo único que resulta de la creación de los juzgados de Medio Ambiente es una especialización de juzgados existentes.
Conclusión: las recientes medidas jurídicas sobre protección del medio ambiente son meras especializaciones sin incremento de medios, y de coste cero, y sin una verdadera creación de órganos especializados, cuando se están demandando medidas reales y sobre todo prevención fuera del ámbito jurídico.
www.rivasmontero.com