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| Tareas de extinción de un
incendio durante este verano. /
X. Álvarez |
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La nueva ley considera la infracción una
falta leve que estará penada con multas de 300 a 1.000 euros.
X. A. Taboada / Santiago
La oleada de fuegos de este verano, que provocó cuatro muertes y arrasó
según datos oficiales unas 80.000 hectáreas de monte, ha llevado a la
Consellería de Medio Rural a adelantar la tramitación de la Lei de
Prevención de Incendios, cuyo borrador ya ha sido entregado a los
alcaldes para su discusión. Entre las novedades, la norma propone que se
restrinja, y en determinados casos se prohíba, el acceso, la circulación
y la estancia de personas en los montes con mayor riesgo de sufrir
incendios durante los meses de verano.
Estas restricciones para acceder al monte, tal como se recoge en el
borrador, regirán sólo durante la "época de peligro alto" de fuegos, es
decir, en el verano, en las superficies forestales y áreas naturales
gestionadas por la Xunta y en las zonas que Medio Rural considere que
presentan un "alto riesgo de incendios", tanto por su valor natural, la
frecuencia con que se registran incendios o la especial gravedad de los
mismos.
Aunque cada año la Xunta tendrá que delimitar las zonas de alto riesgo,
en la campaña recién superada Medio Rural identificó 256 parroquias en
toda Galicia como áreas de especial riesgo: 70 en Pontevedra, 76 en
Ourense, 64 en A Coruña y 46 en Lugo.
Si llueve, y por tanto las probabilidades de registrarse un incendios
son nulas, no habrá ningún problema para recorrer el monte en el verano
en estas zonas sensibles. En caso contrario, sí habrá restricciones.
La primera es que cualquier persona que circule por el interior de las
áreas de especial riesgo, los caminos forestales y rurales o cualquier
otra vía que las atraviesen "están obligadas a identificarse ante las
autoridades competentes", como agentes forestales, policías locales,
Policía Autonómica o Guardia Civil.
Mayor control
Pero la limitación aumenta hasta la prohibición cuando la Xunta
considere -siempre en los meses de verano- que las condiciones
ambientales, como la prolongada sequía, la escasa humedad o los vientos
fuertes, eleven al máximo el riesgo de incendios, como ocurrió este
agosto. Entonces, bajo esta situación, no se podrá acceder, permanecer
ni circular por los montes previamente delimitados ni por las áreas
naturales gestionadas por la Administración autonómica. Desoír esta
norma, según se establece en el borrador, será catalogada como un
infracción leve y la sanción prevista es de 300 a 1.000 euros.
La Lei de Prevención establece, no obstante, excepciones. De estas
restricciones quedarán exentos, al margen de los servicios de
emergencia, extinción, policiales o militares, quienes vivan o trabajen
en la zona de protección, necesiten atravesarla para acceder a su
vivienda o puesto de trabajo y no tengan otra carretera alternativa, o
los trabajadores de obras públicas de interés general.
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