Medio Ambiente
afirma que colabora con él en estas obligaciones
La Xunta dice que el Concello está
obligado a apagar incendios forestales
Redacción • Vilagarcía
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| Al incendio de
Guillán acudieron las brigadas de Medio Ambiente y
después Protección Civil |
La Consellería de Medio Ambiente indica que los alcaldes y
los Concellos tienen la obligación legal de participar de forma
activa en la extinción de incendios forestales. Así lo
manifiestan desde la Xunta de Galicia después de que el edil de
Protección Civil, Emilio Barreiro, pusiera de manifesto los
escasos recursos tanto de personal como económicos para
afrontar este verano los incendios forestales, teniendo
controladas las incidencias que puedan ocurrir en el resto del
municipio de Vilagarcía. Sin embargo, desde Medio Ambiente
indican que esta es una obligación del Concello y que desde
este departamento de la Xunta colaboran con él en el
cumplimiento de estos deberes, tanto a través de medios propios
como de cofinanciación de los municipales.
Desde la Consellería de Medio Ambiente hacen
referencia a la cofinanciación de los medios municipales
mediante convenios. A ello suma las brigadas propias que tiene
desplegadas en verano en la zona y resalta también que los
convenios firmados directamente entre Medio Ambiente y los
municipios se suman al acuerdo pactado recientemente entre la
Federación Galega de Municipios e Provincias y las distintas
consellerías con la finalidad de crear unidades para la atención
de emergencias, entre ellas los incendios forestales.
De esta forma, desde la Consellería de Medio Ambiente señalan
que la Fegamp, en la que se agrupan todos los municipios de
Galicia, “é consciente das competencias dos municipios na
loita contra os incendios, pois a colaboración que se presta
desde a Xunta de Galicia e desde a Consellería de Medio
Ambiente en ningún caso pode levar ós Concellos a inhibirse
das súas responsabilidades”.
De esta forma, recuerdan los distintos artículos en los que
queda plasmado este deber de los Concellos. Este es el caso de
la Ley de Incendios forestales, en donde se adjudica a los
alcaldes la competencia de dirigir y adoptar las medidas de
extinción de incendios forestales, la Lei Reguladora de Bases
de Réxime Local que asigna al municipio las competencias sobre
protección civil, prevención y extinción de incendios. Además,
la orden del 7 de agosto de 1996 aprueba el Plan de Protección
Civil ante emergencias por incendios forestales, que recoge la
implicación de los Concellos.
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