FARO DE VIGO. Edición Digital SÁBADO 16 JUNIO 2007 
Edición digital n. 3023
El TSXG falla en contra de los vecinos que ocuparon terrenos próximos a Peinador
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Una manifestación de vecinos sobre los terrenos de Painador. / FDV


El Alto Tribunal da la razón a Aena, que podrá realizar en esas parcelas las obras de ampliación que se impidieron en su día.


Redacción / VIGO


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha quitado la razón a los comuneros de Cabral que impidieron, hace más de un año, la construcción de una estructura metálica para ampliar aparcamiento en terrenos del aeropuerto de Peinador. El fallo de los magistrados estima el recurso presentado por Aena contra una resolución anterior de un juzgado de Vigo que exculpaba a los vecinos.
Los hechos de retrotraen a la ocupación que realizaron los comuneros de Cabral de una zona de terreno próxima al aeropuerto, en la que Aena pretendía montar una estructura traída desde Barajas para poder ampliar la oferta de plazas de estacionamiento de vehículos de Peinador, al estar colapsado el parking.
Los comuneros de Cabral, que mantienen un contencioso con Aeropuertos Nacionales sobre la propiedad de los terrenos donde se ubica la terminal, impidieron que se montase la citada estructura, ocupando los terrenos e impidiendo el paso de la maquinaria al colocar bloques de hormigón en los accesos.
Ante esa circunstancia, Aena levantó una parte del estacionamiento provisional, pero ocupando sólo parcialmente unos terrenos, que es la estructura que se utiliza en la actualidad.
Además, el organismo público que gestiona los aeropuertos -dependiente del Ministerio de Fomento- planteó una denuncia ante el juzgado, tanto contra la comunidad de montes de Cabral como contra su presidente, Luis Fernández. El tribunal falló a favor de los vecinos, en sentencia que se publicó el 27 de noviembre de 2006. Aena presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que fue admitido el pasado 26 de febrero.
El tribunal falla ahora en contra de los comuneros, con lo que permite a Aena utilizar, si proyecta hacerlo, aquellos terrenos para ampliar aún más el estacionamiento. La sentencia ahora emitida es firme y contra la misma no cabe recurso posible, según figura en el pliego.
Los magistrados entienden que debe ponerse fin a la ocupación de los terrenos que realizaron los comuneros de Cabral, al margen de otros procesos que estén en marcha sobre la titularidad de los mismos.
Fuentes de Aena declinaron hacer valoración alguna sobre la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

La sentencia no se pronuncia sobre la propiedad

La titularidad de los terrenos sobre los que se produjo la protesta de los comuneros de Cabral, y que dio lugar al procedimiento judicial que ahora concluye, no ha sido valorada por los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Al contrario, en el fallo explican, en varios de los siete apartados de que consta, que la decisión sobre la propiedad de los terrenos no es objeto de ese procedimiento, ya que está pendiente de resolución de otro contencioso presentado por los comuneros de Cabral.
En tanto no existe un fallo al respecto, el TSXG considera que se debe considerar que Aena dispone de los terrenos por lo que rechaza la actuación de ocupación de los mismos que se llevó a cabo cuando se querían iniciar las mencionadas obras de ampliación provisional del aparcamiento.
Hasta que no haya un pronunciamiento judicial sobre dicha propiedad de los terrenos, los comuneros no podrán realizar acciones similares a las del parking provisional, ya que la sentencia ahora emitida es firme y sienta pecedente judicial para cualquier acto de características similares.
Las dos partes en litigio tienen pendientes reuniones para llegar a un acuerdo sobre el contencioso en torno a la titularidad de las parcelas.